Artículo Disposición adicional decimocuartaDisposición adicional decimocuarta
Disposición adicional decimocuarta. Reconocimiento social del profesorado.
La consejería competente en materia educativa elaborará, con la colaboración de las organizaciones más representativas del profesorado y con el Consejo Escolar de Canarias, en un plazo no superior a un año, un plan para promover el desarrollo profesional y el reconocimiento social del profesorado.
Norma publicada: 25 de julio de 2014